Ley de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano del Estado de San Luis Potosí · San Luis Potosí

Artículo 131

TÍTULO OCTAVO REGULACIONES DE LA PROPIEDAD

ARTÍCULO 131. Se elaborarán Programas Parciales de Desarrollo Urbano para normar regular las áreas que los Programas de Desarrollo Urbano de Centros de Población establezcan como sujetas a las políticas de mejoramiento, conservación o crecimiento, conforme a lo señalado en los artículos 67, 68, 69 y 70 de la presente Ley. 97

Última reforma de esta ley incorporada: 1 de julio de 2026. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresosanluis.gob.mx.

Pregúntale a RíoLex

¿Tu caso tiene que ver con este artículo?

Escríbelo con tus palabras. RíoLex responde citando este artículo y los demás que apliquen, para que compruebes cada dato.